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¿Que ley regula el funcionamiento de Administrador y Gestor de Fincas en España?

En España, las funciones y actividades del Administrador de Fincas y el Gestor de Fincas no están reguladas por una ley específica, sino que se rigen por una combinación de normativas civiles, mercantiles y profesionales. A continuación, te detallo las principales referencias normativas:

Normativa relevante para Administradores de Fincas:

  1. Ley de Propiedad Horizontal (LPH):
    Es la principal normativa que regula las comunidades de propietarios y establece las funciones del administrador de fincas en el contexto de la gestión de comunidades.

    • Artículo 20 de la LPH: Define las funciones del administrador, incluyendo la gestión de servicios comunes, la ejecución de acuerdos de la junta y la conservación de la finca.
  2. Código Civil:
    Se aplica de manera general en lo relativo a contratos, obligaciones y responsabilidad en la gestión de bienes.
  3. Regulación profesional:
    • Los administradores de fincas colegiados están sujetos a los estatutos y códigos éticos de los Colegios Oficiales de Administradores de Fincas (COAF). La colegiación no es obligatoria, pero es una garantía de profesionalidad.
    • El Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de España (CGCAFE) establece normas deontológicas y directrices para los colegiados.

Gestores de Fincas:

El término «Gestor de Fincas» no está formalmente regulado en la legislación española. Generalmente, es una función más amplia o menos específica que la de un administrador, y sus actividades pueden abarcar aspectos relacionados con la compraventa, alquiler, o gestión de fincas rurales y urbanas. Estas actividades están sujetas a la normativa mercantil y contractual general.

Ley sobre Colegios Profesionales:

  • Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales:
    Regula el funcionamiento y la organización de los colegios profesionales, como el de administradores de fincas.

Otras normativas relacionadas:

  • Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU):
    Aplicable en la gestión de contratos de alquiler.
  • Ley General de Protección de Datos (RGPD):
    Para la protección de datos personales en la gestión de comunidades.
  • Ley de Propiedad Horizontal (LPH) y otras normativas autonómicas:
    Según la comunidad autónoma, pueden existir disposiciones específicas que afecten la actividad.

Importancia de la colegiación:

Aunque no es obligatorio colegiarse, los administradores de fincas colegiados cuentan con respaldo profesional, formación continua y seguro de responsabilidad civil, lo que aporta confianza a los propietarios que contratan sus servicios.

En resumen, no existe una ley única que regule a los administradores y gestores de fincas en España, sino un conjunto de normativas complementarias que establecen sus funciones, responsabilidades y requisitos.

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